La Unión Europea y el contencioso administrativo 

Escrito por:
Julio César Pineda
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La Unión Europea, creada por el Tratado de Roma 1957, como Comunidad Económica Europea ha generado un concepto de Estado de carácter regional bajo el principio de la Unidad en la Diversidad. Desde las ideas expresadas por Churchill, en la Universidad de Zúrich (1946); posteriormente Schumann, De Gásperi y Monet. La finalidad del proceso de integración europea fue alcanzar más allá de lo económico, la unión integral. Incluyendo una política común, social y una política exterior y de defensa común y el desarrollo de un nuevo Derecho Comunitario. Se estableció el principio de Subsidiaridad y se consagró la supranacionalidad con la adopción de las leyes nacionales y las normas comunitarias. Estos presupuestos o bases traen como resultado el Estado Regional Europeo y su Derecho Comunitario, establecido en un conjunto de tratados de los cuales el más importante viene a ser el Tratado de Lisboa (2007); el cual es un avance al Tratado de Maastricht (1992), que no sólo significó un cambio de nombre, sino trajo consigo las siguientes novedades entre otras: apertura de Europa a los ciudadanos, se estableció una política exterior de seguridad común, a fin de promover se creó un espacio sin fronteras interiores (espacio Schengen), se estableció el fomento y cooperación en el ámbito de la justicia y los asuntos interiores, se le otorgó poderes y atribuciones al Parlamento Europeo. Los europeos inclusive propusieron un proyecto de Constitución, el cual, al no aprobarse, esta inmerso en el documento fundamental del Tratado de Lisboa

Los 27 países de la Unión Europea han evitado guerras y conflictos durante 67 años, han renunciado a la amenaza o el uso de la fuerza y se han comprometido con la justicia y la libertad en un estado comunitario y social y de derecho. Esta lamentable guerra entre Rusia y Ucrania terminará y Europa seguirá siendo un paradigma en la Comunidad Internacional. Con las recientes elecciones del Parlamento Europeo (junio 2024) y las nuevas altas autoridades, se esperan cambios en el perfeccionamiento de este paradigmático Sistema de Integración Regional.

Uno de los temas jurídicos más importantes a nivel de los Estados y que ha sido considerado en los sistemas de integración y supranacionalidad como la Unión Europea, es el denominado Contencioso Administrativo en la defensa de los derechos de los ciudadanos en el marco legal de los 27 Estados de la UE, que además de la soberanía nacional tienen un marco comunitario. 

El Contencioso Administrativo tuvo su origen en Francia y ha influido en toda la comunidad internacional. Se basa en la separación entre la Administración y el Poder Judicial. Hay tribunales especiales y el Consejo de Estado es la máxima autoridad en asuntos administrativos. Alta especialización y autonomía de Tribunales Administrativos. En los Países Europeos, por ejemplo, en España, la estructura es muy parecida al francés, con Tribunales Administrativos especializados. Los tribunales superiores de justicia tienen competencia en esta materia y los procedimientos incluyen contención administrativa, que permite a los ciudadanos impugnar actos administrativos frente a la autoridad que los produce.

En América Latina hay diversidad de sistemas, de acuerdo a los países, aunque sigue en general el modelo europeo continental, con Tribunales Administrativos que son parte del sistema judicial general y procedimientos rigurosos, con un enfoque en la eficiencia y la resolución rápida de las disputas. A nivel nacional e internacional en esta materia hay un esfuerzo de continuar para mejorar estos sistemas y garantizar que los ciudadanos puedan impugnar decisiones administrativas de manera justa y efectiva. De todas formas, como lo señalamos anteriormente, toda esta materia tiene que ver con su origen en Francia y la especificidad de acuerdo a cada Estado, a cada cultura y a cada civilización. Así pasa con los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas.

El recurso contencioso administrativo, en todos los Estados y así en Venezuela, siempre establece la posibilidad del recurso de la jurisdicción contenciosa administrativa, cuando se impugne la validez de un acto administrativo, se cuestione la legalidad su legalidad, se impugne la legitimidad, se pretende la revocación, se impugne la eficacia, de un acto administrativo, cuando se pretenda la suspensión del acto, cuando se pretenda la ejecución forzosa del acto, y cuando se impugne la adecuación presupuestaria de un acto administrativo.

La sentencia de la jurisdicción del contencioso administrativo de todos los países, produce efectos sobre las relaciones jurídicas de la ley y del juicio, estableciendo, pero también modificando y extinguiendo derechos y obligaciones. En cuanto a la ejecución, seguirá el procedimiento establecido en cada una de las Constituciones y leyes, de acuerdo a cada país o lo establecido como en la Unión Europea en su Derecho Comunitario. Toda persona que considere que ha sido objeto de un acto administrativo contrario al derecho, puede interponer un recurso contencioso administrativo en los términos y plazos establecidos por la ley. En todas partes el recurso contencioso administrativo es un procedimiento judicial. La demanda se dirige contra la Administración Pública, ya sea un organismo autónomo, la administración local o la administración central de cada estado, y tiene como objeto el anulamiento del acto administrativo impugnado. La demanda debe ser interpuesta por el interesado en el acto administrativo, es decir, a la persona física o jurídica a quien se dirige el acto o contra quien se dicta. No obstante, en determinadas situaciones es posible que otras personas puedan interponer el recurso contencioso administrativo, ya que pueden ser afectadas por el acto administrativo impugnado. 

En todas partes del mundo la jurisdicción contencioso-administrativa es la rama del Derecho que se ocupa de los conflictos entre particulares y la Administración Pública.

En los 27 países de Europa en el Contencioso Administrativo funciona el Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE, es el principal órgano encargado de resolver los litigios en el ámbito de la UE. Sus competencias incluyen: Recursos de anulación: Permiten impugnar actos de las instituciones de la UE que se consideran contrarios al derecho de la UE. Recursos por omisión: Se interponen cuando una institución de la UE no actúa cuando debería hacerlo. Recursos por incumplimiento: Presentados por la Comisión Europea o por un Estado miembro contra otro Estado miembro que no haya cumplido con sus obligaciones bajo el derecho de la UE. Cuestiones prejudiciales: Los tribunales nacionales pueden solicitar al TJUE que interprete el derecho de la UE para asegurar su aplicación uniforme.

En próximas entregas me referiré a esta dimensión internacional del Contencioso Administrativo, tomando su expresión en las Constituciones y leyes de diferentes países en función de la filosofía y praxis política Nacional e internacional.